Los riesgos
psicosociales son entendidos como todas las situaciones y condiciones del
trabajo que se relacionan con el tipo de organización, el contenido del trabajo
y la ejecución de la tarea, los cuales tienen la capacidad de afectar, en forma
negativa, el bienestar y la salud (física, psíquica y/o social) del trabajador
y sus condiciones de trabajo. A través del Protocolo se busca medir la
existencia y magnitud de estos factores en las distintas organizaciones de
nuestro país, generando recomendaciones para disminuir la incidencia y
prevalencia del estrés laboral y problemas relacionados con la salud mental de
los trabajadores.
Mediante
resolución exenta N° 336 fue aprobado el “Protocolo de Vigilancia de Riesgos
Psicosociales en el trabajo”. Cuyo objetivo es contar con un instrumento que
entregue las orientaciones técnicas para valorar, medir y evaluar la exposición
a riesgo psicosocial al interior de las empresas y organizaciones del país.
Este
Protocolo comenzó a regir el 01 de septiembre del 2013, en este primer periodo,
que tuvo una duración de dos años, solo serían fiscalizados los siguientes
rubros: Comercio (Retail), Transporte e Intermediación Financiera. A partir del
1 de septiembre del año 2015 se incorporaron todos los demás rubros del país.
Durante este
proceso la autoridad Sanitaria y la Dirección del Trabajo inspeccionarán y
fiscalizarán a cualquier empresa u organización, solicitando que los riesgos
sean evaluados y autogestionados por parte de cada empleador. Este proceso de
evaluación se realiza con el cuestionario SUSESO ISTAS 21 versión breve.
Foto: http://www.achs.cl/portal/Empresas/Paginas/Riesgos-Psicosociales.aspx
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