¿En qué consiste?
Denuncia de Enfermedad Profesional que se presume está sufriendo el trabajador(a) dependiente o el trabajador(a) independiente y que podría estar siendo causada, de manera directa, por el ejercicio de la profesión o el trabajo que realiza.
¿Quiénes pueden realizar el trámite?
Debe realizarlo el Trabajador Independiente
Debe realizarlo el Empleador(a) – representante legal de la entidad empleadora.
Puede realizarlo el trabajador(a) o cualquier persona que tenga conocimiento de la enfermedad.
¿Cómo se puede realizar?
Presencialmente: El empleador(a) o el Trabajador(a) Independiente debe concurrir a las sucursales del Instituto de Seguridad Laboral.
FOTO: https://www.mutual.cl/Prevenci%F3ndeRiesgos/edenuncia.aspx