viernes, 30 de septiembre de 2016

Accidente de Trayecto

Según la Ley 16.744, se consideran Accidentes de Trayecto aquellos sucesos que ocurren en el trayecto de ida o regreso, entre la habitación u hogar de la persona y el lugar de trabajo. También se consideran los que suceden en el trayecto directo entre dos lugares de trabajo, aunque correspondan a distintos empleadores.
Sólo se clasificarán en esta categoría aquellos accidentes que ocurran en el trayecto directo. Esto quiere decir que, si una persona desvía el camino habitual entre su casa y el trabajo, y le ocurre un accidente, éste deja de considerarse como de trayecto.

Ejemplos:
Un trabajador, mientras se dirige a su lugar de trabajo, pasa todos los días a dejar a sus  hijos al  colegio. Una vez que ha dejado a sus hijos, es chocado  por otro  vehículo, resultando  con diversas lesiones. Este caso SI  es  un  accidente  de trayecto, pues  es parte de la  rutina habitual  del  trabajador.
Terminada su jornada, un trabajador decide pasar a saludar a un amigo, después de visitarlo, mientras iba manejando su automóvil es chocado, lesionándose. Este NO es un caso de accidente pues existió una interrupción en el trayecto directo entre su lugar de trabajo y su habitación.
 Ante un accidente de trayecto

Foto: http://sindicatocat.cl/que-hacer-en-caso-de-accidente-de-trayecto/

martes, 27 de septiembre de 2016

Relajación post trabajo

Volver al trabajo siempre cuesta después de las vacaciones.

 El trabajo puede producir estrés y acarrear problemas tanto a nivel físico como psicológico. Lamentablemente, muchas veces no es fácil desconectar después de la jornada de trabajo y esos problemas se llevan a casa con todas sus consecuencias.
Es importante que encuentres tiempo para ti al volver del trabajo y que consigas evadirte de toda la tensión acumulada. Te proponemos una serie de actividades con las que conseguirás eliminar el estrés arrastrado tras el trabajo y que te ayudarán a sentirte mejor y dar más calidad a tu vida.
Ponte cómodo. Al llegar a casa quítate los zapatos y ponte cómodo. Este acto tan sencillo te ayudará a hacer la transición entre tu ropa habitual de trabajo y la que usas en tu casa, mucho más agradable. Puedes poner los pies en alto para favorecer la circulación o andar descalzo.
Respira. Escoge un lugar tranquilo. Siéntate y apoya las espaldas en un respaldo y respira. Pero no de la forma de siempre. Es preciso inspirar por la nariz y soltar el aire por la boca. Y esa expiración debe durar casi el doble del tiempo de la inspiración. Cinco minutos son suficientes.
Sal a pasear. No hace falta que sea un paseo largo, bastan 30 minutos o menos. Se trata de ir caminando y dejar que nuestra mente y cuerpo se vacíen de tensión. Puede hacerlo solo o en compañía.
Practica algún deporte. Además de aumentar la capacidad física, tonificar la musculatura y aportar beneficios a nuestro sistema cardiovascular, practicar una actividad física de forma habitual produce una liberación de endorfinas que reducen el estrés y mejoran nuestro estado de ánimo.
Echa una siesta. No hace falta dormir 2 horas, con 20 minutos conseguirás recargar las pilas para lo que queda de día. Si no consigues dormirte, el simple hecho de tumbarte en el sofá y cerrar los ojos, será suficiente para reducir el estrés que hemos acumulado durante el día.
Salida cultural. Si quieres despejar tu mente, una buena idea es ir al teatro o al cine. Al sentarnos en la butaca dejamos un rato de lado nuestra realidad para vivir las emociones que el espectáculo nos transmite.
Lee. Disfrutar de un buen libro sentado en el sofá, es una buena manera de mantener tu mente ocupada, y al mismo tiempo, conseguirás relajarte dejando volar tu imaginación. En el invierno, puedes acompañar la lectura con una infusión. El calor de la infusión, también nos proporcionará un efecto relajante.
Juega con tus hijos. Si tienes hijos juega con ellos, será una forma de relajarte al llegar a casa. En cuestión de minutos te habrás olvidado de todo lo que tenías en mente para dedicarte a reír y divertirte con ellos.
Date una ducha. Ya sea fría o caliente, ayuda a relajarnos e induce al sueño. También puedes optar por un baño caliente con sales, acompañado por una suave música y con la sola iluminación de unas velas aromáticas.
Haz una actividad relajante. Al llegar a casa hay varias actividades que puedes hacer y que te serán muy relajantes. La jardinería, el bricolaje y la cocina son solo unos ejemplos que seguro que harán olvidarte de tus preocupaciones.
¡Recuérdalo! el trabajo puede ser parte de tu vida, pero la vida merece ser vivida más allá del trabajo.

Foto:http://www.laopinion.es/vida-y-estilo/salud/2016/09/03/evitar-sindrome-post-vacacional/703113.html

domingo, 25 de septiembre de 2016

Estrés Laboral

El estrés laboral aparece cuando las exigencias del entorno laboral superan la capacidad de las personas para hacerles frente o mantenerlas bajo control.   No es una enfermedad pero, si se sufre de una forma intensa y continuada, puede provocar problemas de salud física y mental: Ansiedad, depresión, enfermedades cardiacas, gastrointestinales y musculoesqueléticas.   Actualmente, el estrés se identifica como uno de los riesgos laborales emergentes más importantes.   Estudios realizados en la Unión Europea sugieren que entre el 50% y el 60% del total de los días laborales perdidos está vinculado al estrés.   Muchos de  estos trabajos coinciden en que el estrés se debe a un desajuste entre los individuos y las condiciones de trabajo (inseguridad laboral, tipo de contratación, horarios, etc.), la tarea (escasez o excesivo trabajo, monotonía, ciclos  de trabajo breves o sin sentido, plazos ajustados de entrega, presión en el tiempo de ejecución, etc.) y la organización de la empresa (ambigüedad en la definición de funciones, poco apoyo en la resolución de problemas, ausencia de sistemas de comunicación y participación, etc.).   Las medidas preventivas que presentamos a continuación se refieren a causas relacionadas con la tarea y con la organización del trabajo, sin profundizar en otros generadores de estrés.   Conviene destacar que las intervenciones planteadas son cambios sencillos que afectan a la organización del trabajo y que el éxito de su implantación depende, en gran medida, de la iniciativa, la participación y el compromiso de todos los integrantes de la empresa.

MEDIDAS  PREVENTIVAS

1 Facilitar una descripción clara del trabajo que hay que realizar (información), de los medios materiales de que se dispone y de las responsabilidades. La falta de definición de lo que se espera de un individuo, que su papel sea confuso, es un factor importante en la generación de estrés.  El desconocimiento (desinformación) se traduce en una sensación de incertidumbre y amenaza.

2 Asegurarse de que las tareas sean compatibles con las capacidades y los recursos de los individuos y proporcionar la formación necesaria para realizarlas de forma competente, tanto al inicio del trabajo como cuando se produzcan cambios.  Igualmente, hay que facilitar una información detallada sobre el significado y las repercusiones del cambio para evitar la aparición de falsas ideas que induzcan a preocupación, solicitando, además, la opinión de las personas afectadas.

3 Controlar la carga de trabajo.  Tanto un exceso de trabajo como la poca actividad pueden convertirse en fuentes de estrés.  Ocurre lo mismo cuando el individuo no se siente capaz de realizar una tarea o cuando ésta no ofrece la posibilidad de aplicar las capacidades de la persona.  En estos casos hay que redistribuir las tareas o plantear un nuevo diseño de su contenido de manera que sean más motivadoras.

4 Establecer rotación de tareas y funciones en actividades monótonas y también en las que entrañan una exigencia de producción muy elevada: cadenas de montaje, ciertos trabajos administrativos e informáticos repetitivos, etc.

5 Proporcionar el tiempo que sea necesario para realizar la tarea de forma satisfactoria, evitando prisas y plazos de entrega ajustados.  Prever pausas y descansos en las tareas especialmente arduas, físicas o mentales.   Igualmente, hay que planificar el trabajo teniendo en cuenta los imprevistos y las tareas extras, no prolongando en exceso el horario laboral.

6 Favorecer iniciativas de los individuos en cuanto al control y el modo de ejercer su actividad: forma de realizarla, calidad de los resultados, cómo solucionar problemas, tiempos de descanso, elección de turnos, etc.   Las posibilidades de intervención personal sobre la tarea favorecen la satisfacción en el trabajo.

7 Explicar la función que tiene el trabajo de cada individuo en relación con toda la organización, de modo que se valore su importancia dentro del conjunto de la actividad de la empresa.   Saber el sentido que tiene la tarea asignada repercute de manera positiva en la realización del trabajo.

8 Diseñar horarios laborales que no entren en conflicto con las responsabilidades no relacionadas con el trabajo (vida social).   Los horarios de los turnos rotatorios deberían ser estables y predecibles, con una alternancia que vaya en el sentido mañana-tarde-noche.

9 Evitar ambigüedades en cuestiones como la duración del contrato de trabajo y el desarrollo de la promoción profesional.  Potenciar el aprendizaje permanente y la estabilidad de empleo.

10 Fomentar la participación y la comunicación en la empresa a través de los canales que sean más idóneos para cada organización: charlas de trabajo, instrucciones de trabajo escritas, tablón de anuncios, buzón de sugerencias, periódico de la empresa, reuniones del Comité de Empresas, Comité de Seguridad y Salud, etc.


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foto: http://noticias.universia.es/empleo/noticia/2012/10/22/975749/europa-30-trabajadores-esta-estresado.html

martes, 20 de septiembre de 2016

El Sedentarismo

La inactividad física o falta de ejercicio se considera uno de los mayores factores de riesgo en el desarrollo de la enfermedad cardiaca e incluso se ha establecido una relación directa entre el estilo de vida sedentario y la mortalidad cardiovascular. Una persona sedentaria tiene más riesgo de sufrir arterioresclerosis, hipertensión y enfermedades respiratorias.
Al igual que otros factores, el sedentarismo es un factor de riesgo modificable, lo que significa que la adopción de un estilo de vida que incluya la práctica de ejercicio físico interviene en la mejora de la salud de la persona sedentaria y reduce su riesgo cardiovascular. En este sentido, hay un aspecto fundamental que es la prevención en la infancia.
Los niños de hoy en día tienen peores hábitos de alimentación, ejercicio físico y ocio. La práctica deportiva se suele reducir a las horas que imparten en las escuelas al tiempo que el ordenador, los videojuegos y la televisión se convierten en sus principales vías de esparcimiento. Educar a los más pequeños en la necesidad de tener una vida activa, con ejercicio moderado y actividades al aire libre es el único método para ayudarles a convertirse en adultos sanos.
Sin olvidar, además, que esa prevención colaboraría en la mejora de las cifras de colesterol y sobrepeso de los más pequeños.


Foto: https://gredos50.files.wordpress.com/2014/10/actividad-fc3adsica.jpg

Foto: http://www.lafamiliacristiana.com.mx/lfc/index.php?option=com_k2&view=item&Itemid=66&id=770

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foto: http://clinicaloslagos.cl/campana-contra-el-sedentarismo-chile-2015/


martes, 13 de septiembre de 2016

La importancia de la buena postura

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foto: http://es.slideshare.net/AlejandraGraciela/corrigiendo-la-postura-maria-beln-garca


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foto: https://fuerzayarmonia.com/2013/09/05/tips-para-una-buena-postura-en-la-oficina/

domingo, 11 de septiembre de 2016

SGSST




El estándar OHSAS 18001 establece los requisitos para un Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) destinados a lograr que una organización controle sus riesgos y mejore su desempeño de la SST. Su objetivo general es “apoyar y promover las buenas prácticas en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo”, con miras a obtener los siguientes beneficios:

1 Eliminar o reducir los riesgos para las personas de la organización y para terceros que pudiesen estar expuestos(trabajadores temporales, contratistas, visitantes y cualquier persona que se encuentre en el lugar de trabajo).

2 Reducir los accidentes y las enfermedades laborales.

3 Reducir los costos y tiempos improductivos debidos a accidentes o enfermedades laborales.

4 Mejorar la relación entre los empleados y el empleador debido al compromiso de éste con el bienestar de los primeros al cuidad su seguridad y salud.

5 La organización demuestra la voluntad de cumplimiento de los requisitos legales, reglamentarios y técnicos, más allá del lo exigido por la ley.

6 Introduce la mejora continua para la eficacia en la gestión de la seguridad y salud en el trabajo.

7 Mejorar la imagen y el prestigio de la organización ante clientes, proveedores y el público en general.


Foto: http://www.alianzajm.org/Trabajo-en-equipo-Claves-para-la.html#.V9XjWPnhDIU

martes, 6 de septiembre de 2016

Este vídeo nos habla acerca de la salud y sus diferentes partes que conllevan el riesgo.

Video: https://www.youtube.com/watch?v=Y-KdbiCGLIQ

sábado, 3 de septiembre de 2016

Comité Paritario de Higiene y Seguridad

El Comité Paritario de Higiene y Seguridad (CPHS) es el organismo técnico de participación entre empresas y trabajadores, para detectar y evaluar los riesgos de accidentes y enfermedades profesionales.
Los Comités Paritarios son obligatorios en empresas con más de 25 trabajadores y deben estar integrados por tres representantes de la empresa y tres de los trabajadores.
De acuerdo al D.S 54 “APRUEBA REGLAMENTO PARA LA CONSTITUCION Y FUNCIONAMIENTODE LOS COMITES PARITARIOS DE HIGIENE Y SEGURIDAD”
ARTICULO 1º En toda empresa, faena, sucursal o agencia en que trabajen más de 25 personas, se organizarán Comités Paritarios de Higiene y Seguridad, compuestos por representantes patronales y representantes de los trabajadores, cuyas decisiones, adoptadas en el ejercicio de las atribuciones que les encomienda la Ley Nº 16.744, serán obligatorias para la empresa y los trabajadores.
ARTICULO 3º Los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad estarán compuestos por tres representantes patronales y tres representantes de los trabajadores.
Por cada miembro titular se designará, además, otro en carácter de suplente.
ARTICULO 10° Para ser elegido miembro representante de los trabajadores se requiere:
A) Tener más de 18 años de edad;
B) Saber leer y escribir;
C) Encontrarse actualmente trabajando en la respectiva entidad empleadora, empresa, faena, sucursal o agencia y haber pertenecido a la entidad empleadora un año como mínimo.
D) Acreditar haber asistido a un curso de orientación de prevención de riesgos profesionales dictado por el Servicio Nacional de Salud u otros organismos administradores del seguro contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales; o prestar o haber prestado servicios en el Departamento de Prevención de Riesgos Profesionales de la empresa, en tareas relacionadas con la prevención de riesgos profesionales por lo menos durante un año.
E) Tratándose de los trabajadores a que se refiere el artículo 1º de la Ley Nº 19.345 ser funcionario de planta o a contrata. El requisito exigido por la letra c) no se aplicará en aquellas empresas, faenas, sucursales o agencias en las cuales más de un 50% de los trabajadores tengan menos de un año de antigüedad.

ARTICULO 16° Los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad se reunirán en forma ordinaria, una vez al mes; pero, podrán hacerlo en forma extraordinaria a petición conjunta de un representante de los trabajadores y de uno de los de la empresa.
En todo caso, el Comité deberá reunirse cada vez que en la respectiva empresa ocurra un accidente del trabajo que cause la muerte de uno o más trabajadores; o que, a juicio del Presidente, le pudiera originar a uno o más de ellos una disminución permanente de su capacidad de ganancia superior a un 40%.
Las reuniones se efectuarán en horas de trabajado, considerándose como trabajado el tiempo en ellas empleado. Por decisión de la empresa, las sesiones podrán efectuarse fuera del horario de trabajo; pero, en tal caso, el tiempo ocupado en ellas será considerado como trabajo extraordinario para los efectos de su remuneración.
Se dejará constancia de lo tratado en cada reunión, mediante las correspondientes actas.
ARTICULO 24° Son funciones de los Comités de Higiene y Seguridad:
1º ASESORAR E INSTRUIR A LOS TRABAJADORES PARA LA CORRECTA UTILIZACIÓN DE LOS INSTRUMENTOS DE PROTECCIÓN.
Para este efecto, se entenderá por instrumentos de protección, no sólo el elemento de protección personal, sino todo el dispositivo tendiente a controlar riesgos de accidentes o enfermedad en el ambiente de trabajo, como ser protecciones de máquinas, sistemas o equipos de captación de contaminación del aire, etc. La anterior función la cumplirá el Comité Paritario de preferencia por los siguientes medios:
A) Visitas periódicas a los lugares de trabajo para revisar y efectuar análisis de los procedimientos de trabajo y utilización de los medios de protección impartiendo instrucciones en el momento mismo;
B) Utilizando los recursos, asesorías o colaboraciones que se pueda obtener de los organismos administradores;
C) Organizando reuniones informativas, charlas o cualquier otro medio de divulgación.
2º VIGILAR EL CUMPLIMIENTO, TANTO POR PARTE DE LAS EMPRESAS COMO DE LOS TRABAJADORES, DE LAS MEDIDAS DE PREVENCIÓN, HIGIENE Y SEGURIDAD.
Para estos efectos, el Comité Paritario desarrollará una labor permanente, y, además, elaborará programas al respecto. Para la formulación de estos programas se tendrán en cuenta las siguientes normas generales:
A) El o los Comités deberán practicar una completa y acuciosa revisión de las maquinarias, equipos e instalaciones diversas; del almacenamiento, manejo y movimiento de los materiales, sean materias primas en elaboración, terminadas o desechos; de la naturaleza de los productos o subproductos de los sistemas; procesos o procedimientos y maneras de efectuar el trabajo sea individual o colectivo y tránsito del personal; de las medidas, dispositivos, elementos de protección personal y prácticas implantadas para controlar riesgos, a la Salud física o mental y, en general, de todo el aspecto material o personal de la actividad de producción, mantenimiento o reparación y de servicios, con el objeto de buscar e identificar condiciones o acciones que puedan constituir riesgos de posibles accidentes o enfermedades o profesionales.
B) Complementación de la información obtenida en el punto a) con un análisis de los antecedentes que se dispongan; escritos o verbales, de todos los accidentes ocurridos con anterioridad durante un período tan largo como sea posible, con el objeto de relacionarlos entre sí;
C) Jerarquización de los problemas encontrados de acuerdo con su importancia o magnitud. Determinar la necesidad de asesoría técnica para aspectos o situaciones muy especiales de riesgos o que requieren estudios o verificaciones instrumentales o de laboratorio (enfermedades profesionales) y obtener esta asesoría del organismo administrador;
D) Fijar una pauta de prioridades de las acciones, estudiar o definir soluciones y fijar plazos de ejecución, todo ello armonizando la trascendencia de los problemas con la cuantía de las posibles inversiones y la capacidad económica de la empresa;
E) Controlar el desarrollo del programa y evaluar resultados. El programa no será rígido, sino que debe considerarse como elemento de trabajo esencialmente variable y sujeto a cambios. En la medida que se cumplen etapas, se incorporarán otras nuevas, y podrán introducírsele todas las modificaciones que la práctica, los resultados o nuevos estudios aconsejen.
3° INVESTIGAR LAS CAUSAS DE LOS ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES QUE SE PRODUZCAN EN LA EMPRESA.
Para estos efectos será obligación de las empresas a quienes la Ley no exige tener Departamento de Riesgos Profesionales llevar un completo registro cronológico de todos los accidentes que ocurrieren, con indicación a lo menos de los siguientes datos:
A) Nombre del accidentado y su trabajo;
B) Fecha del accidente, alta y cómputo del tiempo de trabajo perdido expresado en días u horas;
C) Lugar del accidente y circunstancias en que ocurrió el hecho, diagnóstico y consecuencias permanentes si las hubiere;
D) Tiempo trabajado por el personal mensualmente, ya sea total para la empresa o por secciones o rubro de producción, según convenga;
E) Indice de frecuencia y de gravedad; el primero mensualmente y el segundo cuando sea solicitado, pero en ningún caso por períodos superiores a 6 meses. Toda esta información será suministrada al o a los Comités Paritarios cuando lo requieran. A su vez, estos organismos utilizarán estos antecedentes como un medio oficial de evaluación del resultado de su gestión. Podrán, si lo estiman necesario, solicitar información adicional a la empresa, como tasas promedios, anuales o en determinados períodos, tasas acumulativas en un período dado, resúmenes informativos mensuales, etc., siendo obligación de aquélla proporcionarla.
4º DECIDIR SI EL ACCIDENTE O LA ENFERMEDAD PROFESIONAL SE DEBIO A NEGLIGENCIA INEXCUSABLE DEL TRABAJADOR.
5º INDICAR LA ADOPCION DE TODAS LAS MEDIDAS DE HIGIENE Y SEGURIDAD QUE SIRVAN PARA LA PREVENCION DE LOS RIESGOS PROFESIONALES.
6º CUMPLIR LAS DEMAS FUNCIONES O MISIONES QUE LE ENCOMIENDE EL ORGANISMO ADMINISTRADOR RESPECTIVO, Y
7º PROMOVER LA REALIZACION DE CURSOS DE ADIESTRAMIENTO DESTINADOS A LA CAPACITACION PROFESIONAL DE LOS TRABAJADORES EN ORGANISMOS PUBLICOS O PRIVADOS AUTORIZADOS PARA CUMPLIR ESTA FINALIDAD O EN LA MISMA EMPRESA, INDUSTRIA O FAENA BAJO EL CONTROL Y DIRECCION DE ESOS ORGANISMOS.


Objetivos del Comité Paritario



foto:  http://www.brisa.cl/comite-paritario/